Diputados aprobó la reforma laboral y el oficialismo la llevará al Senado la próxima semana
20/02/2026 | PolíticaProyecto que modifica contratos, negociación colectiva, indemnizaciones y regula bancos de horas, huelgas y sindicatos fue aprobado en Diputados.
La iniciativa de reforma laboral que obtuvo el visto bueno en la Cámara de Diputados será impulsada por el oficialismo en el Senado la semana próxima. El proyecto introduce cambios en la ley de contrato de trabajo, en las asociaciones sindicales y limita aspectos del derecho de huelga, entre otras medidas.
Convenios por empresa
La norma establece que “Los Convenios Colectivos de ámbito mayor no podrán modificar ni disponer el contenido de los convenios de ámbito menor”. Se propone descentralizar la negociación colectiva, con una menor participación de los sindicatos en la representación de derechos colectivos.
Ultraactividad
Los convenios colectivos cuyo plazo ya venció dejarán de mantener todos sus efectos hasta la firma de un nuevo acuerdo, quedando vigentes únicamente las normas referidas a las condiciones de trabajo.
Salario “dinámico”
La negociación podrá incorporar, tanto en convenios de actividad, rama, región o empresa como por acuerdo individual o decisión unilateral del empleador, componentes retributivos adicionales y variables por encima del salario.
Indemnizaciones
Se conserva el criterio de cálculo: “una indemnización equivalente a UN (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses, tomando como base de cálculo la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si este fuera menor”.
Sin embargo, se especifica que en las liquidaciones resarcitorias por despidos sin causa “no tendrán incidencia los conceptos de pago no mensuales como el sueldo anual complementario, vacaciones, premios que no sean de pago mensual”.
Cancelación de sentencias judiciales
El pago podrá fraccionarse en hasta 6 cuotas (o 12 cuotas para Pymes), mensuales y consecutivas, ajustadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y con una tasa de interés anual del 3%. La determinación de los montos dependerá de la interpretación que realice el juez.
Fondo de Asistencia Laboral
Se crea un fondo para financiar despidos que se conformará con una contribución mensual del “UNO POR CIENTO (1%) para las grandes empresas y DOS Y MEDIO PORCIENTO (2,5%) para las micro, pequeñas y medianas empresas”. “A cambio de esos aportes, las empresas recibirán el beneficio de descuentos en las contribuciones patronales que tienen destino a la Seguridad Social (ANSES)”, dice la ley.
Banco de horas
Se permite compensar horas extra de un día con reducción de jornada en otra fecha, sin superar la jornada máxima semanal aplicable. La jornada máxima será de 12 horas (con 12 horas obligatorias de descanso) y esa extensión será compensada en otra fecha.
Vacaciones
Se indica que “Las vacaciones se otorgarán: entre 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente” y podrán fraccionarse con un tramo mínimo de 7 días. Además, “Los empleadores deberán notificar por escrito al trabajador con una antelación no menor a cuarenta y cinco (45) días, sin perjuicio de que las convenciones colectivas de trabajo u otros acuerdos celebrados con la representación sindical en la empresa puedan establecer sistemas diferentes, conforme a las particularidades de cada actividad”.
Pago en moneda extranjera
El texto incorpora la posibilidad de que la remuneración del trabajador se haga en moneda extranjera, además de las modalidades ya previstas (especie, habitación o alimentos).
Antigüedad
Se dispone que “Se computará como antigüedad el tiempo de servicio anterior, en los casos en que el trabajador hubiese cesado por cualquier causa y reingrese bajo las órdenes del mismo empleador”. Y, asimismo, que “Si transcurriese un plazo de dos (2) años entre el cese del vínculo laboral, cualquiera fuera la causa, y el trabajador reingresara a prestar servicios con el mismo empleador, la antigüedad del tiempo de servicio anterior no será computada”.
Sindicatos
Se establece un tope del 2% en las cuotas solidarias. Las asambleas en los lugares de trabajo sólo podrán realizarse con autorización del empleador. Se reconocerá a los delegados sindicales, para “el ejercicio de sus funciones”, un crédito de hasta DIEZ (10) horas mensuales retribuidas.
Limitación al derecho de huelga
La ley califica determinadas actividades como “servicios esenciales”, con obligación de garantizar una cobertura mínima del 75%, y como “servicios trascendentales”, con una cobertura mínima del 50%.
Bloqueos
Se considerarán “infracciones muy graves” actos que, por ejemplo, afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza mediante intimidaciones, amenazas o hechos.
Responsabilidad en la contratación de terceros
El proyecto suprime la responsabilidad solidaria de la empresa principal frente a empresas tercerizadas. Según el texto, “Los trabajadores serán considerados empleados directos de quienes registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o a proporcionarlos a terceras empresas”.
RIMI y beneficios fiscales
Se crea un nuevo Régimen de Inversiones para las pequeñas y medianas empresas con beneficios en amortización de Ganancias e IVA para nuevos emprendimientos.
Certificados médicos
Se fijan requisitos de validez para certificados que justifiquen inasistencias por enfermedad o accidente inculpable y se prevé la posibilidad de solicitar una junta médica en caso de discrepancias entre la empresa y el trabajador.
Nuevas contrataciones
Habrá incentivos para empresas que incorporen nuevo personal, incluyendo reducciones en las contribuciones patronales.
Plataformas
Los repartidores serán calificados como “prestadores independientes” sin relación de dependencia, aunque las empresas deberán contratar seguros de accidentes y brindar capacitación a esos trabajadores.
Impuestos
Se proponen derogaciones de impuestos internos sobre embarcaciones, aviones, automóviles, celulares y otros productos. Además se eximen intereses de plazos fijos en dólares y la ganancia por venta de inmuebles destinados a casa-habitación (a partir de 2026). También se plantea la exención del impuesto a la energía eléctrica usada en sistemas de riego para el sector agroindustrial.
Justicia Laboral e INCAA
El proyecto establece el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. Respecto al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), se posterga hasta 2028 la eliminación del 10% sobre las entradas, un 10% sobre la venta o alquiler de videogramas y un 25% de la recaudación del Enacom que financia al organismo.
Derogaciones
Se prevé la derogación de la ley de teletrabajo, reemplazándola por modalidades más flexibles. También se contempla la derogación de estatutos específicos, como el Estatuto del Periodista Profesional, en un plazo de un año desde la sanción de la ley.
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