Casación confirma que el TOF 2 ejecutará el decomiso en la causa Vialidad

24/10/2025 | Política

La sala IV rechazó los recursos y ratificó que el Tribunal Oral Federal 2, con la fiscalía, llevará adelante el decomiso por 684.990.350.139,86 millones.

La sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó este viernes que el Tribunal Oral Federal 2, que juzgó la causa Vialidad, será el órgano encargado de concretar el decomiso dispuesto en la sentencia. Los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña rechazaron los recursos de las defensas de Cristina Kirchner y Lázaro Báez, que habían cuestionado la competencia para ejecutar la medida.

La resolución confirmó que el decomiso fijado en la sentencia —actualizado en 684.990.350.139,86 millones de pesos— deberá ser llevado adelante por el Tribunal Oral Federal 2 en forma conjunta con la fiscalía.

En su voto, el juez Hornos sostuvo: “En otras palabras, se impone a los magistrados la obligación de proceder a la confiscación no sólo de las cosas que han servido para cometer el hecho delictivo sino también de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho de ese delito”.

La ex presidenta fue condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta y cumple prisión domiciliaria desde que el fallo quedó firme en la Corte Suprema. Báez tiene una condena unificada a 15 años de prisión por la causa Vialidad y la denominada “ruta del dinero”.

Las defensas habían planteado la incompetencia: la representación de Cristina Kirchner sostuvo que el TOF 2 no era competente para ejecutar el decomiso respecto de su persona y postuló que la cuestión correspondía al fuero comercial federal. Báez alegó que sus bienes ya estaban cautelados ante el Tribunal Oral Federal 4 en la causa por la “ruta del dinero”.

Casación rechazó esos argumentos y confirmó que el decomiso dispuesto en Vialidad, que deberán cumplir de manera solidaria todos los condenados, será ejecutado por los jueces del TOF 2 con intervención de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.

Respecto del planteo de la defensa de Cristina Kirchner, Borinsky remarcó que la resolución apelada “no vulnera las garantías invocadas, no comporta un exceso de jurisdicción ni se aparta del marco normativo aplicable; por el contrario, se adecua a los principios que rigen la ejecución de penas pecuniarias”.

“Por ello, los agravios deducidos por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner no pueden prosperar”, concluyó el magistrado.

La condena a la ex presidenta se basó en el direccionamiento del 80% de la obra pública vial nacional en Santa Cruz a empresas vinculadas a Báez entre 2003 y 2015.


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